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¡Escándalo! Muere menor en destacamento PN de La Romana

Adolescente estaba herido

LA ROMANA, R.D.

Otro escándalo sacudió este miércoles a la Policía Nacional, ahora en el cuartel de esa institución de Villa Verde, La Romana, donde murió un adolescente de 17 años, que estaba preso en esa dotación policial.

La víctima era Deivi Flores, y su muerte se produjo en hora de la mañana de este miércoles, dos días después de que el presidente Luis Abinader, anunció eufórico el nuevo uniforme de los agentes policiales, que ya se manchó de sangre inocente.

Hasta el momento, las autoridades judiciales y policiales no han ofrecido su versión sobre el suceso, pese a los intentos de los periodistas por obtener información sobre el caso.

En horas de la mañana, un carro fúnebre fue visto retirando el cuerpo del adolescente del destacamento, lo que incrementó las especulaciones sobre las circunstancias de su fallecimiento.

De acuerdo con fuentes policiales, el menor había sufrido una herida de bala en uno de sus muslos, recibiendo atención médica.

 

El artículo 262, del Código del Menor (Ley 136-03), prohíbe, entre otras cosas, detener adolescentes, produciéndoles cualquier tipo de maltrato.

 

Sin embargo, la Policía no ha explicado por qué el menor no continuaba en el hospital, pese a estar herido, ni cuál era su condición real de salud, al momento de su muerte.

Flores falleció mientras recibía «atenciones médicas» en pleno destacamento policial, de parte del personal del Sistema de Emergencias 911.

 

El artículo 265, del Código del Menor, establece, además, que cuando un adolescente es aprehendida por la Policía, deberá ponerla a disposición del Ministerio Público de Niños, Niñas y Adolescentes, en un plazo no mayor de 12 horas de su detención. En este caso, tampoco se cumplió esa disposición legal.

 

En ese mismo artículo 265, se establece que los agentes que incumplan este plazo, deberán ser sancionados disciplinariamente, sin perjuicio de las sanciones penales y civiles establecidas en el artículo 399, de este Código.

El artículo 399, dispone, entre otros mandatos, que cuando la autoridad policial o el Ministerio Público de Niños, Niñas y Adolescentes, responsable del apresamiento de un adolescente, no comunique de dicho apresamiento a la autoridad judicial competente y a la familia del adolescente, se castigará con pena de seis meses a dos años y la destitución del cargo.

Silencio

La magistrada Ivelisse del Rosario, representante del Ministerio Público en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes, en La Romana, no quiso emitir ningún comentario sobre el trágico suceso, otro caso de inseguridad ciudadana.

 

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