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Las candidaturas independientes

Por Flavio Holguín
Ex Ministro Consejero ante la OEA

Hace alrededor de dos meses que el Tribunal Constitucional removió severamente los cimientos del sistema de los partidos políticos de la República Dominicana con la aprobación de la sentencia 0788 que regirá las normas de las candidaturas independientes.

Esta sentencia allana el camino de forma significativa para que las candidaturas Independientes, sustentadas por agrupaciones cívicas, no tengan que cumplir los traumáticos y rigurosos requisitos que tipifican a las agrupaciones políticas.

Es posible que esta sentencia se constituya en el Talón de Aquiles de los partidos políticos, porque los deja en un estado muy vulnerable, ya que los desarma y les arrebata de las manos su tenebroso y fatídico accionar, utilizado mayormente para perjudicar de forma alegre y alevosa los mejores perfiles de empatía ante el electorado.

¿Por qué le ha causado tanta preocupación y dolor de cabeza a los partidos esta sentencia # 0788 sobre las Candidaturas Independientes?

Porque independientemente del aspecto jurídico competitivo que encierra esta sentencia, también salvaguarda los derechos fundamentales de quiénes sustentan de forma individual una candidatura Independiente. De igual forma crucifica y amarra de las manos a los partidos inhibiendo su indelicado manejo cargado de inequidades, abusos sin precedentes y sin ningún reparo, que perpetúan contra extraordinarios y dignos aspirantes, los cuáles son sometidos a un calvario de escarceos y perversidades, terminando en la ineludible guillotina aplicada por la plutocracia partidaria.

Ahora, reina el pánico en el seno de todos los partidos políticos de la República Dominicana.

Decir que no hay temor a esta sentencia sería caer en el autoengaño, porque sí hay temor y mucho, ya que esta sentencia puede convertirse en la antesala del principio del fin, porque le permitirá a la sociedad fraguar y fortalecer las candidaturas de los llamados outsider, las cuáles han sido subestimadas, no obstante la imposición de trabas y el control absoluto de los partidos del sistema.

Hoy, ya esa candidaturas son una realidad, por motivo de esta sentencia, fruto de los múltiples expedientes legales incoados ante ese tribunal colegiado y porque era tiempo de darle una respuesta a la sociedad, que llegó al hartazgo de los desmanes y trapacería de los partidos del sistema, los cuáles han hecho núbil el escenario político electoral para dichas candidaturas Independientes de cara al año 2028.

Sin dudas que la sentencia 0788 sobre las candidaturas Independientes ha hecho que todos los partidos se unifiquen y traten de consensuar un posible bajadero que le permita retomar su apabullante hegemonía. Pero lo cierto es, que la situación se ha tornado sumamente escabrosa ya que se hace extremadamente difícil y escarpado doblar el pulso a una sentencia del Tribunal Constitucional, porque ninguno de sus veredictos devienen en inconstitucionalidad y los partidos políticos lo saben. Esa es la causa de su ingente preocupación, además de que dicha sentencia es vinculante con todos los órganos del Estado, incluido el Congreso Nacional, así como al Poder Ejecutivo.

De manera que los partidos políticos están compelidos a reformular sus acciones y sujetarse al marco de la decencia y honestidad en la aplicación de sus reglamentos, al momento de conformar sus respectivas boletas electorales, so pena de hacer naufragar el más luminoso proyecto presidencial.

Este es el justo momento de iniciar la construcción de una sana cultura, basada en reglas claras, no solo a las genuinas normas partidarias, sino, además, a la apertura a nuevos liderazgos que emergerán a lo largo de toda nuestra geografía nacional.
Es la hora de que la equidad y la honestidad imperen como un muro inexorable e infranqueable de justicia y pureza.

La pelota está ahora en la cancha de los partidos políticos; o actúan con transparencia y cautela, o el irremediable colapso electoral será su norte y su fin.

Alea iacta est. (La suerte está echada)

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