Presidente de SCJ aclara lío de actos notariales y reglamento
No incluye documento bajo firma privada
SANTO DOMINGO, R.D.- El presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Mariano Germán Mejía, aclaró hoy que el Reglamento sobre Registro de Actos Notariales y equivalentes, aprobado por el Consejo del Poder Judicial, organismo que también preside, únicamente incluye a los actos auténticos notariales y los actos de los funcionarios consulares de la República, en el extranjero, que actúan en funciones de Notario Público.
En ese sentido aclaró que el reglamento no incluye los actos bajo firma privada y sus equivalentes, aunque las firmas de dichos actos hayan sido legalizadas notarialmente.
El presidente del Poder Judicial observó que el pago por concepto del registro de los actos notariales y equivalentes, que establece el Reglamento, no es un impuesto, sino “una tasa por servicio”.
Germán Mejía expuso que, tal y como contempla el Reglamento, el registro de los actos notariales estará a cargo del Secretario de la Presidencia o Sala que funja como presidencia de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación, a la cual está adscrito el notario.
Precisó que cuando se tratare de actos levantados por los funcionarios consulares de la República, en el extranjero, en funciones de Notario Público, el registro estará a cargo de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y el sub-registro, a cargo de la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, de esa jurisdicción.
El Reglamento también estipula que todo notario que levante un acto notarial o equivalente, lo depositará en los 10 días siguientes a su fecha, en la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia, al que está adscrito.
En su artículo 6, la disposición indica que en el mes de enero de cada año, la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación correspondiente hará un inventario de los actos notariales y sus equivalentes recibidos, y tendrá un plazo de 30 días para remitirlos a la División de Oficiales de la Justicia del Poder Judicial.
Los notarios son oficiales públicos designados por la Suprema Corte de Justicia, y en consecuencia, es obligación de este organismo ejercer control sobre el ejercicio de sus funciones.
El registro de sus actos protege a la ciudadanía y facilita un mejor servicio por parte de dichos oficiales judiciales.