Presos preventivos y fracaso del sistema penal
Primera parte
En estos días hemos visto, ‘’los presos preventivos’’ y “el cementerio de hombres vivos“, que victimiza a más de 16 -18 mil presos sin juicios y sin condenas definitivas que genera, la práctica del “tránquelo” en los Jueces complacientes con el acusador (Ministerio Público) y la canalla mediática que profetiza condena anticipada, condicionando a la opinión pública, “preso y después hablamos” con filtraciones desde el litoral acusatorio.
Presos
Sin enfrentar un juicio de fondo, con la formulación precisa de cargos penales, contempladas en los Art. 19 y 95, del Código Procesal Penal, en mérito a los requerimientos constitucionales del debido proceso y la tutela judicial efectiva (art. 40, 68 y 69) y tratados Internacionales de que somos signatarios.
Desde que ejercemos nuestra profesión sagrada de abogado, hemos peleado en la opinión pública contra tal desacierto y aquí donde vivo, muchos comunicadores sociales y ‘’políticos tras bastidores’’, se creen jueces y sanedrines de los casos en Justicia.
Me pasó significativamente, en el caso de CORDE y Dominicana de Aviación y quien me refutó fue el propio Dr. Balaguer (Joaquín) con la frase: “saquearon, saquearon en dominicana de avión” y por fortuna esa misma noche, pude responderle al Presidente Balaguer, programa ‘’Buenas noche’’, en el canal 13, de la excelsa periodista María Elena Núñez y Wilfredo Alemany.
Ramón A. Font Bernard y el Lic. Jacinto Peynado G., me apaciguaron las aguas de los aventureros de la maldad y el crimen que acompaña el poder político.
(Recuerdo agradecido al oficial Toledo que me protegió por mucho tiempo por orden del Dr. Balaguer).
Creo pertenecer a los hombres independientes que ejercemos y que poseemos la inextirpable utopía que la libertad del hombre debe ser la regla, al analizar cualquier contingencia humana en los tribunales, salvo los casos de sangre o crímenes flagrantes, porque en los crímenes de sangre, me decía mi papa, “hay que esperar que la sangre se seque’’.
Nunca me he envenenado por la perfidia de la política y mucho menos endurecido, para saber que lo más peligroso para la ciudadanía, es la dictadura judicial y las rivalidades eternas entre la libertad y la prisión.
La vida me ha dado la oportunidad de ver pasar a mis contradictores, hoy quejándose de lo que ellos han creado y el crimen social que han contribuido y el fracaso de la Justicia Penal que hoy ‘’se patentiza con un infame “furgón” para las Medidas de Coerción’’ en la Provincia Santo Domingo, lugar de mayor cobertura de servicio judicial en toda nuestra nación, ‘’una infamia despiadada’’.
Ayer escuchaba y leía noticias, donde daban cuenta de arreglos judiciales en una empresa multinacional (multimillonaria) y de miles y miles de millones de dólares, con repercusión en New York, Brasilia, Caracas, Londres y Países Africanos, a los cuales ‘’no hay presos de esos directivos’’ y ya hay sanciones económicas en dólares y libras esterlinas.
Un escándalo mayúsculo al que ocurrió con “ODEBRECH” y que su ingeniero fundador condenado, ya cumplió condena y satisfizo las reparaciones civiles a los Estados Unidos, Brasil y parte de Latinoamérica y África.
Justicia coptada
Hacemos esos planteamientos del pasado y el presente, porque en la Justicia, la libertad está coptada y los resultados son irrefutables y contundentes en contra de la presunción de inocencia, como principio constitucional y la triste realidad que nos confronta: la excepción, se convirtió en regla adversa y los presos preventivos, producto de las Medidas de Coerción (Art. 226 numeral 7) y la prensa favorecida por filtraciones de piezas claves de la acusación, tiene su alta cuota de incidencia fatídica.
Resalto el caso de CORDE, porque sólo al cambiar el gobierno del Dr. Joaquín Balaguer, el presidente Hipólito Mejía, “le quitó la soga a rastro” a sus encausados injustamente y publicitariamente condenados en forma anticipada, en la prensa acusadora, como analizamos con el Dr. Julio Ibarra Ríos, en el pasado, frente al Malecón, junto a Pedro Braulio Álvarez Guzmán, donde no se salvó de la injuria ni el hermano del cardenal de entonces.
¿Qué ocurre y cómo puede ser abordada esta crisis del sistema penal?
En nuestro parecer, los operadores del sistema, jueces, fiscales, abogados, de ambas partes, debemos orientar nuestro ejercicio como está sucediendo con los grandes casos antes mencionados y hacer prevalecer el artículo 2, del Código Procesal Penal, que establece: “Los Tribunales procuran resolver el conflicto surgido a consecuencia del derecho punible, para contribuir a restaurar la armonía social. En todo caso, el Proceso Penal se le reconoce el carácter de Medida Extrema de Política Criminal”.
Debe fundamentalmente instruirse, para no sancionar anticipadamente con Medidas de Coerción, de prisión preventiva, a nadie en particular, sin un juicio previo a la prueba (Art. 3, del Código Procesal Penal) y fundamentalmente cuando cualquier imputado presenta razonablemente, que no existe peligro de fuga y garantías que no escapará de la justicia y comparecerá a todas las citaciones, sobre el principio de la buena fe, que tiene que prevalecer en la justicia, y debe dictarse otras Medidas de Coerción.